
REGISTRO DEPORTIVO
del DEPORTE AFILIADO
¿ Quienes se inscriben en el Registro Deportivo ?
Clubes Deportivos
Dirigentes Deportivos
Ligas Deportivas
Deportistas
Entrenadores
Personal Auxiliar
Clubes Nuevos
- Inscripción
Clubes Antiguos: Pueden efectuar las siguientes acciones.
- Cambio de Junta Directiva
- Ampliación de Disciplina Deportiva
- Cambio de Razón Social
- Desafiliación y Afiliación a nueva Liga
REQUISITOS de INSCRIPCIÓN
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Clubes Nuevos |
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1. Oficio dirigido al Presidente del Consejo Regional del IPD solicitando inscripción en el Registro Deportivo. 2. Fotocopia del apertura Legal del Libro de Actas 3. Fotocopia del Acta de Fundación y/o Constitución; y/o elección de la Junta Directiva Vigente 4. Fotocopia de los Estatutos del Club que deben estar registradas en el libro de Actas, (primeramente deben de ser revisados) Luego la Acta de Fundación y/o Constitución y los estatutos deberán ser elevados a Escritura Pública para su inscripción en los Registro Públicos y obtener la personería jurídica, para su inscripción en el Registro Deportivo del IPD. 5. Nómina de la Junta Directiva consignando documentos de identidad y direcciones, donde debe estar anotado el delegado del club. 6. Fotocopia del apertura Legal del Libro de Socios 7. Fotocopia del asiento en el libro de Socios 30 mínimo. 8. Constancia de afiliación expedida por la liga. 9. Pago de derechos de tramite en Tesorería del IPD |
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ARTÍCULOS QUE DEBEN ESTAR INCLUIDOS EN LOS ESTATUTOS 1. Indicar el tiempo de duración y/o vigencia de la Junta Directiva. 2. El Club Deportivo, acatará las disposiciones emanadas por la Ley General del Deporte en vigencia, asimismo las disposiciones del organismo superior del deporte. 3. El Club Deportivo, cederá a sus jugadores, en caso de que sean convocados a integrar los seleccionados locales y nacionales. |
INSCRIPCIÓN Nuevos DIRIGENTES
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1. Solicitud de inscripción del cambio y/o renovación de la Junta Directiva del Club Deportivo, por mandato estatutario y/o por la Renuncia y/o abandono de cargo de algún directivo. 2. Fotocopia del Acta de la Asamblea General de Elecciones y/o complementarias. 3. Nómina de la Junta Directiva consignando documentos de identidad y direcciones, donde debe estar anotado el delegado del club. 4. Pago de derechos de tramite en Tesorería del IPD
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CAMBIO RAZÓN SOCIAL
* Los expedientes se presentaran en duplicado. |
AMPLIACIÓN DISCIPLINA DEPORTIVA
* Los expedientes se presentaran en duplicado. |
AFILIACIÓN Y DESAFILIACIÓN DE LIGA
* Los expedientes se presentaran en duplicado |
MODELOS DE DOCUMENTOS
Acta de Constitución y/o Fundación Aprobación de Estatutos
y Elección de Primera Junta Directiva
En el Distrito de _________ calle____________ Nº _____; el día ___ del mes de ________ del año _______; siendo las ______ horas, con el objeto de constituir un Club Deportivo, aprobar sus Estatutos y elegir su primera Junta Directiva, se reunieron los ciudadanos siguientes:
_________________________________________________________________________________
_________________________________________________________________________________
_________________________________________________________________________________
nombres y apellidos completos de los ciudadanos
_________________________________________________________________________________
_________________________________________________________________________________
Habiéndose constatado la presencia de los ciudadanos antes mencionados y bajo la elección interna del Sr. ____________ , en calidad de Presidente y el Sr. ________ en calidad de Secretario se procedió a declarar instalada la reunión.
Después de amplia deliberación sobre el objeto de la reunión, por unanimidad se adoptaron los acuerdos siguientes:
PRIMERO.- Constituir bajo la forma de una Asociación civil, un Club Deportivo que se denominará "_________________".
SEGUNDO.- El Club Deportivo que por el presente se constituye, se regirá por los ESTATUTOS siguientes:
ESTATUTOS
Nombre, Duración y Domicilio
Fines
Patrimonio del Club
Órganos de Gobierno
Del Consejo Directivo
De los Asociados
De los Colores y Distintivos
De las Elecciones
De la Disolución y Liquidación del Club
Disposiciones Complementarias
Disposición Final.
TERCERO.- La primera Junta Directiva del Club Deportivo " ___________________ ", esta integrada por las personas que se indican y para el desempeño de los cargos siguientes:
PRESIDENTE Sr. ___________________________________
SECRETARIO Sr. ___________________________________
TESORERO Sr. ___________________________________
VOCAL Sr. ___________________________________
DELEGADO Sr. ___________________________________
CUARTO.- Delegar atribuciones y facultades suficientes a los Sres. _____________________ y ___________________ para efectuar los trámites de reconocimiento e inscripción ante el IPD, suscribir la minuta y otorgar la respectiva Escritura Pública de de Constitución Social del Club Deportivo, que por la presente se aprueba.
Habiéndose agotado el objeto de la reunión, se suspendió para proceder a la redacción de la presente acta, la misma que terminada fue leída y aprobada por unanimidad, procediéndose a firmar la conformidad del acta la Junta Directiva vigente, dándose por finalizada la sesión a las _______ horas
| Apellidos y Nombres | Nº del D. N. I. | FIRMAS |
| ______________________________ | ___________________ | ________________ |
| ______________________________ | ___________________ | ________________ |
| ______________________________ | ___________________ | ________________ |
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______________________________ |
___________________ |
________________ |
Modelo de Estatutos de Club Deportivo
NOMBRE, DURACIÓN Y DOMICILIO
ARTICULO 1º.- El Club Deportivo ".......................", es una Asociación Civil sin fines de lucro, integrada por deportistas, dirigentes y aficionados organizados para orientar, fomentar, practicar y competir en las disciplinas deportivas que el Club establezca, y que se constituye al amparo de la Ley General del Deporte y normas conexas y con sujeción a las disposiciones del Código Civil.
ARTICULO 2º.- El plazo de duración de la Asociación es indeterminado, iniciando sus actividades el día ........... a cuya fecha se retrotraen validamente los efectos de su constitución.
ARTICULO 3º.- El domicilio del Club se fija en la calle .................... Nª ...........del Distrito de ................ Provincia ............. y Departamento de .................República del Perú, pudiendo también tener otros domicilios en lugares diferentes.
FINES
ARTICULO 4º.- El Club Deportivo ................, tiene como finalidad promover, orientar. fomentar , difundir, practicar y competir en las disciplinas deportivas de .......... principalmente; contribuyendo así al desarrollo físico y moral de sus deportistas, dirigentes, asociados y aficionados.
PATRIMONIO DEL CLUB
ARTICULO 5º.- El patrimonio del Club está constituido por los bienes que el Club posee a título generoso o gratuito, aportes periódicos obligatorios, cotizaciones de ingreso y contribuciones extraordinarias de los asociados; así como por las donaciones y otras liberalidades que pudiera recibir la asociación.
ARTICULO 6º.- El aporte de la cuota mensual de cada asociado, así como las cuotas extraordinarias que pudieran establecerse tiene carácter obligatorio, no reembolsable y definitivo.
La falta de pago de .............. cuotas ordinarias y ........... cuotas extraordinarias pone en condición de no hábil al asociado.
ARTICULO 7.- Las cuotas de ingreso y contribuciones extraordinarias serán fijadas por acuerdo de Asamblea General de Asociados; siendo el consejo Directivo del club quien queda facultado para variar el monto de las cotizaciones mensuales.
ARTICULO 8.- La Asamblea general Ordinaria de Asociados aprobará el Presupuesto Anual de ingresos, egresos, gastos y/o cualquier otro compromiso que formule el consejo Directivo, pudiendo efectuar los ajustes que estime conveniente en razón del interés institucional y finalidad de la asociación.
ÓRGANOS DE GOBIERNO
ARTICULO 9.- Los órganos de gobierno del Club Deportivo son:
a) La Asamblea General de Asociados y
b) El Consejo Directivo.
ARTICULO 10.- La Asamblea General de Asociados es el Supremo Órgano de Gobierno del Club y está conformada por todos los asociados con derecho a voto. La Asamblea General de Asociados se reunirá en Sesión Ordinaria el ........... día Sábado del mes de marzo de cada año.
La Asamblea General de Asociados se reunirán en Sesión Extraordinaria cada vez que lo requiera el consejo Directivo, su Presidente o cuando lo soliciten por escrito, con indicación de su objeto, el 20% de los asociados hábiles.
ARTICULO 11.- La convocatoria a reunión de Asamblea general de Asociados será efectuada por el Presidente, mediante aviso que se publicara por una sola vez en uno de los diarios de mayor circulación, en la pizarra y el boletín del Club; publicación que se hará con una anticipación no menor de ocho (8) días a la fecha de la celebración de la reunión y haciendo constar el lugar, día, hora y objeto de la reunión.
ARTICULO 12.- En primera convocatoria, las Asambleas Generales de Asociados quedarán validamente constituidas cuando concurran la mitad más uno de los asociados hábiles. En segunda convocatoria bastara la presencia de cualquier numero de asociados. para la validez de los acuerdos se requerirá del voto favorable de más de la mitad de los asociados concurrentes. Para modificar, ampliar o interpretar los Estatutos Sociales o para disolver el Club Deportivo se requiere, en primera convocatoria, de la asistencia del 66% de los Asociados hábiles; en segunda convocatoria, bastará con la asistencia del 33% de los Asociados hábiles. Para la validez de los acuerdos se requiere del voto favorable de más de la mitad de los asociados concurrentes.
ARTICULO 13.- Entre la primera convocatoria y la segunda deben mediar por lo menos 01 hora de diferencia, pudiendo invitarse a los Asambleístas en un solo aviso a ambas convocatorias.
ARTICULO 14.- Compete a la Asamblea General Ordinaria de Asociados:
a) Aprobar la memoria anual, el balance y las cuentas del último ejercicio, que serán presentadas por el Consejo Directivo.
b) Aprobar o desaprobar el presupuesto anual de ingresos y egresos que será elevado por el Consejo Directivo.
c) Dar posesión de sus respectivos cargos a los miembros electos del Consejo Directivo.
d) Velar por la participación del Clubes competencias oficiales, teniendo en cuenta que si el Club dejara de competir dos años consecutivos en torneos oficiales será causal de perdida de su inscripción en el Registro Deportivo.
e) Designar anualmente a los tres miembros titulares y tres suplentes del Tribunal de Honor.
f) Resolver sobre cualquier otro asunto, siempre que se hubiere consignado la convocatoria.
ARTICULO 15.- Compete a la Asamblea General Extraordinaria de Asociados:
a) Modificar y/o ampliar o interpretar los Estatutos.
b) Aprobar el Reglamento interno, interpretarlo y/o modificarlo.
c) Aprobar o desaprobar la compra o venta de bienes inmuebles.
d) Aprobar o desaprobar operaciones financieras o de crédito que comprometan ejercicios futuros.
e) Fijar los aportes extraordinarios de los asociados y las cuotas de ingreso.
f) Convocar, supervisar y realizar los procesos eleccionarios para designar a los Miembros del Consejo Directivo, Titulares y Suplentes, a través de una Comisión designada al efecto.
g) Disolver y liquidar el Club Deportivo, designado a la Comisión Liquidadora.
h) Resolver en ultima instancia institucional sobre reclamaciones interpuestas por cualquier asociado.
i) Tratar cualquier otro asunto que se someta a su consideración, siempre que se hubiera consignando en la convocatoria correspondiente.
DEL CONSEJO DIRECTIVO
ARTICULO 16.- El Consejo Directivo es el órgano de administración, dirección, gestión y representación del Club Deportivo y está integrado por un Presidente, un Vice Presidente, un Secretario, un Tesorero, un Vocal y un Delegado Deportivo. Los miembros del Consejo Directivo serán elegidos mediante votación secreta, individual, personal y directa de los asociados hábiles; su mandato es de dos años pudiendo ser reelegido.
ARTICULO 17.- Son funciones del Presidente :
a) Representar a la Asociación ante toda clase de personas e instituciones civiles, instituciones militares, autoridades políticas u organismos estatales sin restricción alguna, están facultados a representar a la Asociación de acuerdo con lo establecido en el Código Civil - Art.
b) Convocar y presidir las sesiones ordinarias y extraordinarias de la Asamblea General de Asociados.
c) Convocar y presidir las sesiones ordinarias y extraordinarias del Consejo Directivo.
d) Firmar la correspondencia y dar el visto bueno a los oficios.
e) Firmar conjuntamente con el Tesoro los cheques y/o títulos valorados.
f) Refrendar los balances presentados por el Tesorero.
g) En las sesiones, en caso de empate, el Presidente tiene voto dirimente.
h) Presentar la memoria anual de la Institución.
i) Cumplir y hacer cumplir el Estatuto y las resoluciones de las Asambleas y acuerdos del Consejo Directivo.
j) Comunicar al Registro Deportivo y a la Liga correspondiente la designación o la sustitución del Delegado.
ARTICULO 18.- Son funciones del Vice Presidente:
a) Reemplazar al Presidente en su ausencia.
b) Reemplazar al Presidente o al Tesorero en la firma de cheques, letras, vales de egresos, etc.
c) Encargarse de los eventos sociales y culturales que realice el Club.
d) Asumir los encargos que le solicite el Consejo Directivo.
ARTICULO 19.- Son funciones del Secretario:
a) Llevar el Libro de Actas correctas y debidamente actualizado.
b) Tener al día el padrón general de asociados.
c) Recibir y responder toda la correspondencia de la institución, así como la lectura de aquella en las sesiones.
d) Organizar el archivo del Club.
e) Redactar, distribuir y publicar las citaciones a sesiones de asamblea general y consejo directivo, según corresponda.
f) Preparar, conjuntamente con el Presidente y Tesorero, la memoria anual del Club.
g) Preparar el inventario físico de todas las propiedades de la institución.
ARTICULO 20.- Son funciones del Tesorero :
a) Tener al día el Libro de Caja.
b) Expedir comprobantes de ingresos y egresos de todo el dinero que pertenezca a la Institución.
c) Firmar conjuntamente con el Presidente o el Vice Presidente los cheques , vales, letras, pagares y cualquier otro titulo valor que gire o debe aceptar el Club.
d) Presentar mensualmente el balance de caja debidamente refrendado por el Presidente y ponerlo en lugar visible para conocimiento de los asociados.
e) Preparar el balance general anual que se incluirá en la memoria presentada por el Presidente.
f) Tener al día el control de las obligaciones económicas de los asociados.
g) Proponer y formular el presupuesto anual de la Institución
ARTICULO 21.- Son funciones del vocal:
a) Tener a su cargo el mantenimiento y la buena presentación de los diversos implementos y útiles deportivos de la institución.
b) Trabajar de acuerdo con el Presidente y Secretario para la buena marcha administrativa de la institución, colaborando en todas las acciones y comisiones que le encarguen.
c) Se hará responsable de todas las prendas y útiles de la institución, que se le encomienden.
ARTICULO 22.- Son funciones del Delegado:
a) Los delegados son elegidos para desempeñar exclusivamente dicho cargo, prescindiendo del desempeño de cualquier otro.
b) Ejercer sus derechos electorales para la designación de los integrantes de las Juntas Directivas de los organismos de base superior a los que estuviera afiliada la Institución ( Ligas, Federaciones o Comisiones Deportivas.
c) Representar al Club ante la Liga o cualquier otro organismo de base superior al que estuviera afiliada la institución.
d) Informar en las reuniones de Consejo Directivo los acuerdos adoptados que sean concernientes a la institución.
e) En eventos deportivos, formular los reclamos correspondientes ante la mesa, en caso de irregularidades observadas y presentadas por el capitán de cancha.
ARTICULO 23.- El Consejo Directivo se reunirá regularmente conforme a la política que establezca el Consejo Directivo elegido y en forma extraordinaria cuando lo solicite cualquiera de sus miembros; la convocatoria será efectuada por el Secretario mediante cédulas con cargo de recepción que se entregaran con una anticipación no menor de 48 horas a la fecha de la reunión, con indicación del objeto de la sesión. En la misma cédula se hará la fecha y hora de reunión del Consejo en segunda convocatoria; en caso que en la primera no se hubiera reunido el quórum reglamentario.
ARTICULO 24.- Las reuniones del Consejo Directivo, quedarán validamente constituidas concurran mas de la mitad de sus integrantes. Para la validez de los acuerdos será necesario que se adopten con el voto favorable de mas de la mitad de los concurrentes; en caso de empate el Presidente tiene voto dirimente.
ARTICULO 25.- Las reuniones del Consejo Directivo, se consideraran validamente convocadas sin el requisito de la citación previa, siempre que estén presentes la totalidad de sus integrantes y que estos acepten por unanimidad la celebración de la reunión y la segunda que se proponga tratar.
ARTICULO 26.- Los acuerdos adaptados por la Asamblea General y el Consejo Directivo constaran en un Libro de Actas, legalizado conforme a Ley y cuidando que para la redacción de las actas se observen las reglas siguientes:
Se hará constar el lugar, día y hora de la reunión, el numero de asociados asistentes, los nombres del presidente y el Secretario, los asuntos tratados, los acuerdos, el número de votos emitidos para su adopción, la hora de finalizaron de la sesión y el nombre y firma de los concurrentes.
ARTICULO 27.- Compete al Consejo Directivo cumplir y hacer cumplir los Estatutos, el Reglamento Interno, los acuerdos adoptados por la Asamblea General de Asociados y sus propios acuerdos.
ARTICULO 28.- Son atribuciones del Consejo Directivo tomar las decisiones que resulten convenientes para que el Club Deportivo alcance el objeto de su constitución; aprobar o desaprobar la inscripción de nuevos asociados; elevar a la Asamblea General Ordinaria la memoria anual, el balance y las cuentas del ejercicio vencido, así como el presupuesto anual de ingresos y egresos.
ARTICULO 29.- Ningún miembro del Consejo Directivo podrá ejercer funciones de dirigentes en otro Club Deportivo.
DE LOS ASOCIADOS.
ARTICULO 30.- Se adquiere la condición de asociado al ser admitido por la Junta Calificadora de existir este organismo o por el Consejo Directivo con el voto favorable del 75% de sus integrantes. Todos los asociados tiene los mismos derechos y como tal pueden elegir y ser elegidos como miembros integrantes del Consejo Directivo y/o Comisiones que se conformen.
ARTICULO 31.- Son obligaciones del asociado pagar la cuota de admisión las cotizaciones mensuales y las cuotas extraordinarias que se acuerden; cumplir las prescripciones estatutarias y del reglamento interno, acatar los acuerdos adoptados por la Asamblea General de Asociados y/o el Consejo Directivo y ejercer los cargos e integrar las comisiones para los que fuera designado.
ARTICULO 32.- Son Asociados Honorarios las personas que por méritos excepcionales adquieren dicho titulo previa calificación del Consejo Directivo y aprobación de la Asamblea General de Asociados.
Estos asociados no están obligados al pago de cuotas mensuales ordinarias o extraordinarias y no podrán integrar e Consejo Directivo uy otro organismo de la Institución.
ARTICULO 33.- Son Asociados Protectores aquellos que contribuyan económica o técnicamente para el sostenimiento del Club Deportivo, previa calificación del Consejo Directivo.
Estos asociados no están obligados a pago de las cuotas ordinarias o extraordinarias y no podrán integrar el Consejo Directivo u otro organismo de la Institución.
ARTICULO 34.- Los asociados que cometan faltas contra el prestigio, dignidad o decoro institucional serán sancionados en relación con la gravedad de la falta o infracción en la que incurran, con penas que varían entre la suspensión temporal de sus derechos de Asociados hasta la expulsión definitiva, de acuerdo a la decisión del Consejo Directivo, previa investigación y recomendación del Tribunal de Honor que será designado anualmente por la Asamblea General Ordinaria. El asociado sancionado podrá apelar ante la Asamblea General.
DE LOS COLORES Y DISTINTIVO
ARTICULO 35.- El Club Deportivo tendrá como colores distintivos el ....................., el .................
ARTICULO 36.- El Club Deportivo .............. tendrá un emblema distintivo conformado por ..........................
ARTICULO 37.- Los colores del Club Deportivo solo podrán ser cambiados en forma ocasional y durante algún evento en el que se tenga como competidor a un rival cuyos colores por su similitud puedan llevar a confusión.
DE LAS ELECCIONES
ARTICULO 38.- La Asamblea General Extraordinaria de Asociados, se reunirá obligatoriamente, cada dos años y durante la primera quincena del mes de Diciembre, convocará a elecciones para designar a los integrantes del Consejo directivo, procediendo al mismo tiempo a conformar en forma directa una comisión electoral compuesta por cinco asociados activos que tendrán como función llevar a efecto el proceso eleccionario, señalando la fecha del acto electoral.
ARTICULO 39.- El acto electoral se realizará en un solo día y en forma ininterrumpida y los votos serán emitidos por los asociados en forma individual, personal, directa e indelegable.
No se admiten votos por poder.
ARTICULO 40.- Serán proclamados ganadores del proceso electoral aquellos asociados que obtengan la mayoría simple de los votos emitidos.
ARTICULO 41.- No podrán ser miembros del Consejo Directivo, ni podrán ejercer sus derechos electorales:
a) Los asociados que hubieran incurrido en mora en el pago de sus respectivas cotizaciones, al día del proceso electoral.
b) Los que hubieran sufrido sanciones por decisión institucional y que estuvieran cumpliéndolas y vigentes al día de verificado el proceso electoral.
c) Los que estuvieran impedidos de ejercer sus derechos civiles.
DE LA DISOLUCIÓN Y LIQUIDACIÓN DEL CLUB
ARTICULO 42.- El Club Deportivo se disolverá por las causales siguientes:
a) Por acuerdo adoptado por la Asamblea General de Asociados.
b) Por no funcionar de acuerdo a sus estatutos.
c) Por no participar durante dos años consecutivos en los Torneos Oficiales organizados por la Liga Deportiva u Organización de base a la que esté afiliado.
d) En caso de disolución del Club Deportivo y concluida la liquidación correspondiente por los liquidadores nombrados en Asamblea, el haber neto resultante será entregado por la Comisión Liquidadora a la Beneficencia Pública de Lima o a cualquier otra entidad deportiva similar al Club, entrega que se hará efectiva en el momento de solicitar la cancelación de la inscripción.
DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS
ARTICULO 43.- El Consejo Directivo, sin necesidad de autorización previa, pondrá a disposición del órgano correspondiente a los deportistas de los registros del Club que fueran llamados para integrar alguna representación Distrital, provincial, Departamental, Regional o Nacional.
ARTICULO 44.- En todo lo no previsto en los presentes estatutos, se aplicarán las disposiciones contenidas en la Ley General del Deporte en vigencia; así como las disposiciones pertinentes contenidas en el Código Civil.
NOTA.- Las normas contenidas en los artículos 39º, 43º y 44º de este proyecto son de carácter obligatorio y deberán ser incluidas en los Estatutos de todo Club Deportivo.
De acuerdo a la envergadura del club podrá incluir en sus estatutos otros organismos, tales como:
- Junta Calificadora
- Comisión Revisora de Cuentas
Modelo de Estatutos de Liga Deportiva
ESTATUTOS DE LA LIGA DEPORTIVA DISTRITAL _________________________ DE ____________.
TITULO I
Denominación, Duración y Domicilio
Denominación
Articulo 1° . Con el nombre de Liga Deportiva Distrital _________________________ de Arequipa y bajo la forma de asociación civil sin fines de lucro, se constituye una institución conformada por clubes deportivos con sujeción a las disposiciones de la Ley General del Deporte y con arreglo a lo dispuesto en el Código Civil, y demás Normas Reglamentarias Complementarias. (Integran y dependen orgánica y funcionalmente de su Liga Deportiva Provincial. El número de asociados será cuando menos tres Clubes Deportivos activos.)
Duración
Articulo 2°.- El plazo de duración de la Liga Deportiva Distrital _________________________ de Arequipa es indeterminado y se contará a partir del día de su inscripción en la Oficina Nacional Registral de su jurisdicción, fecha a la que se retrotraen válidamente los efectos de su constitución, siempre que sean ratificados por la Asamblea Extraordinaria dentro de los 3 meses de su inscripción.
Domicilio
Articulo 3°.- El domicilio de la Liga Deportiva Distrital _________________________ de Arequipa se fija en la ______________________________; del Distrito de ___________, Provincia de _____________, de la Región Arequipa.
TITULO II
Finalidad y Funciones
Finalidad
Articulo 4°. - La Liga Deportiva Distrital _________________________ de __________ tiene como finalidad conjugar esfuerzos de deportistas, dirigentes y asociados en general para dedicarlo a la práctica, orientación, fomento, difusión, desarrollo y competencia deportiva; de modo especial a la disciplina deportiva _________________________, dentro del ámbito territorial de Arequipa.
Funciones
Articulo 5°.- La Liga Deportiva Distrital _________________________ de _________ tiene como funciones las siguientes:
a) Dirigir y administrar en su ámbito territorial la disciplina deportiva _________________________.
b) Elaborar sus estatutos y someterlos a la aprobación de su organismo de base superior.
c) Formular su plan de trabajo anual, someterlo a la aprobación de asamblea de bases así como remitirlo a su organismo de base superior para su aprobación.
d) Administrar justicia deportiva con sujeción a sus estatutos y normas impartidas por su organización de base superior.
e) Elaborar el y/o los Reglamentos Técnicos para el funcionamiento de su deporte.
f) Coordinar con su organismo de base superior, el Plan de trabajo anual, actividades y programas de la Liga.
f) Determinar el ámbito territorial de su disciplina deportiva.
TITULO III
Patrimonio
Articulo 6°.- El patrimonio de la Liga Deportiva Distrital _________________________ de ____________ está constituido por los bienes que adquiera a título oneroso o gratuito, así como por los aportes por conceptos de cuotas de ingreso, cotizaciones periódicas y contribuciones extraordinarias de los asociados.
Aportes
Articulo 7°.- Los aportes de los asociados correspondientes a cuotas de ingreso, participación anual y contribuciones extraordinarias tienen carácter obligatorio, no reembolsable y definitivo. Los montos de los aportes serán aprobados por la Asamblea General de Asociados; el Consejo Directivo podrá acordar variaciones del monto de los aportes respetando el mínimo establecido.
Inhabilitación Temporal por Morosidad
Articulo 8°.- Los asociados que incumpla con los aportes detallados en el item anterior, incurrirán en morosidad, que lo inhabilita temporalmente para el ejercicio de sus derechos de asociado, hasta que cumpla con cancelar el íntegro de sus obligaciones pendientes.
Presupuesto anual
Articulo 9°.- El presupuesto anual de ingresos y egresos de la institución será aprobado por la Asamblea General de Asociados en su reunión ordinaria anual y sobre la base del respectivo proyecto que será elaborado por el Consejo Directivo y presentado con una anticipación no menor de treinta (30) días calendarios a la fecha de celebración de la Asamblea General correspondiente.
TITULO IV
Órganos de Gobierno
Articulo 10°.- Los órganos de gobierno la Liga son:
a) La Asamblea General de Asociados y
b) El Consejo Directivo.
Asamblea General de Asociados
Articulo 11.- La Asamblea General de Asociados es el órgano supremo de gobierno de la Liga está conformada por todos los asociados hábiles y será presidida por el Presidente del Consejo Directivo o por el Vicepresidente, en ausencia del titular, actuando como secretario quien ejerza el cargo de secretario del Consejo Directivo.
Asamblea General de Asociados Ordinaria y Extraordinaria
Artículo 12°.- La Asamblea General de Asociados se reunirá anualmente en Sesión Ordinaria que se celebrará el primer día sábado del mes de Febrero de cada año.
La Asamblea General de Asociados se reunirá en Sesión Extraordinaria cada vez que lo requiera el Consejo Directivo o el Presidente, o cuando lo soliciten por escrito y con expresa indicación de su objeto, al menos el 10% de los asociados hábiles.
Convocatoria a Asamblea General de Asociados
Artículo 13°.- La Asamblea General de Asociados será convocada por el Presidente del Consejo Directivo mediante aviso que se publicará en la pizarra o por esquela de la Liga Deportiva. Los avisos de convocatoria a Asamblea General de Asociados, por esquela o en la pizarra, se publicarán con una anticipación no menor de diez (10) dias calendarios a la fecha de su celebración, con expresa indicación del lugar, día y hora de la reunión y el objeto de la misma. En el mismo aviso se hará constar el lugar, día y hora de la reunión, en segunda convocatoria, en caso que en la primera no se logre reunir el quórum reglamentario para celebrarla. Entre la primera y segunda hora de convocatoria mediará, por lo menos, una hora cronológica de diferencia.
Quórum para celebración de Asambleas Generales Ordinarias y Extraordinarias de Asociados
Artículo 14°.- Para la celebración de Asambleas de Asociados, Ordinaria o Extraordinaria, en primera convocatoria se requiere de la presencia de Asociados que representen, por lo menos, más de la mitad de los Asociados hábiles para participar. En segunda convocatoria la Asamblea se celebrará, con cualquier número de asociados concurrentes. En el primer caso los acuerdos se adoptan por mayoría simple; en el segundo caso con el voto de los asociados que representen al menos el 10% del total de asociados hábiles.
El asociado podrá ser representado por otro asociado mediante carta y solo con carácter especial para cada asamblea.
Convocatoria Ficta
Artículo 15°.- La Asamblea General de Asociados se entenderá válidamente convocada y constituida sin el requisito de la convocatoria pública previa, cuando estén presentes el 100% de asociados hábiles y que éstos acepten por unanimidad la celebración de la Asamblea y el objeto de la misma.
Votos para la validez de los acuerdos
Articulo 16°.- Para la validez de los acuerdos adoptados por las Asambleas Generales Ordinarias y Extraordinarias de Asociados se requiere que sean adoptados con el voto favorable de más de la mitad de los asociados hábiles concurrentes.
Asamblea General Ordinaria de Asociados
Articulo 17°.- Compete a la Asamblea General Ordinaria anual de asociados:
a) Aprobar o desaprobar la memoria anual, la gestión directiva, el balance anual y las cuentas del último ejercicio, que serán presentadas por el Consejo Directivo.
b) Aprobar el presupuesto anual de ingresos y egresos, sobre la base del proyecto que será presentado por el Consejo Directivo.
c) Dar posesión de sus respectivos cargos a los miembros electos del Consejo Directivo.
d) Velar por la participación de la Liga Deportiva en las competencias oficiales que ejecute el organismo al que estuviera afiliado, considerando que el dejar de competir durante dos (2) años consecutivos en los torneos oficiales será causal de pérdida de su inscripción en el Registro Nacional del Deporte.
e) Elegir anualmente a los miembros titulares de la Comisión Técnica, en la cantidad que lo vean por conveniente.
f) Elegir anualmente a los tres miembros titulares de la Comisión de Justicia.
g) Resolver cualquier otro asunto, siempre que se hubiera consignado en el objeto de convocatoria.
Asamblea General Extraordinaria de Asociados
Articulo 18°.- Compete a la Asamblea General Extraordinaria de Asociados:
a) Modificar y/o ampliar y/o interpretar el Estatuto.
b) Aprobar el Reglamento Técnico, interpretarlo y/o modificarlo.
c) Aprobar o desaprobar la compra o venta de bienes inmuebles.
d) Aprobar o desaprobar operaciones financieras o de crédito que comprometan ejercicios futuros.
e) Fijar los aportes de los asociados correspondientes a cuotas de ingreso, participación anual y/o contribuciones extraordinarias.
f) Convocar y supervisar los procesos electorales para designar a los Miembros del Consejo Directivo, cuya realización será encargada a una Comisión Electoral designada al efecto.
g) Resolver en última instancia institucional las reclamaciones que interponga cualquier asociado.
h) Disolver y liquidar a la Liga Deportiva, designando para ello a tres integrantes para que conformen la Comisión Liquidadora.
i) Tratar sobre cualquier otro asunto, siempre que se hubiere consignado en la convocatoria y se contara con el quórum reglamentario para ello.
j) Elaborar sus estatutos y someterlo a la aprobación de su organismo de base superior.
Consejo Directivo:
Articulo 19º. El Consejo Directivo es el órgano de administración, gestión y representación de la Liga y está conformado por cinco miembros: Un Presidente, un Vicepresidente, un Secretario, un Tesorero y Vocal.
Los integrantes del Consejo Directivo serán elegidos por períodos de 2 años, mediante votación secreta, personal, individual, indelegable y directa de los asociados hábiles; pudiendo ser reelegidos para un periodo adicional.
El cargo de miembro del Consejo Directivo será declarado vacante por muerte, renuncia, remoción, revocatoria, inasistencia injustificada a cuatro sesiones consecutivas o 6 alternadas o por impedimento legal.
Articulo 20º.- Son funciones del Consejo Directivo:
1) Administrar, conducir y dirigir las actividades de la Liga, adoptando las decisiones y tomando las medidas necesarias para el logro de las metas y objetivos propuestos.
2) Cumplir y hacer cumplir las disposiciones legales, las normas del presente Estatuto y los acuerdos adoptados por la Asamblea de Bases; informando a la Asamblea sobre aquellos acuerdos a los que no se hubiera dado cumplimiento.
3) Recibir y aprobar las solicitudes de afiliación en el periodo de ingreso aprobado.
4) Reglamentar el presente Estatuto.
5) Aprobar los Reglamentos Técnicos que sean necesarios para el mejor desenvolvimiento de la Liga.
6)